miércoles, 18 de mayo de 2011

EQUIPO NIZKOR repercusión de la condena de Demjanjuk en Alemania, Es paña y Estados UnidosEspaña y Estados Unidos.

Equipo Nikkor
17may11

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Actualización de información sobre la repercusión de la condena de
Demjanjuk en Alemania, España y Estados Unidos.

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Actualización permanente
Última actualización: martes, 17 de mayo de 2011 (17:54 h. UTC/GMT +2 hours)

El integrante de las SS Totenkopf John Demjanjuk llegó a la ciudad alemana
de Munich el 12 de mayo de 2009 tras ser deportado desde los Estados
Unidos.

La Fiscalía de Munich formuló cargos en su contra y se libró la
correspondiente orden de detención en marzo de 2009, por su complicidad en
el asesinato de unos 29.000 judíos en el campo de concentración de
Sobibor, en la Polonia ocupada.

Coincidiendo con su entrega a las autoridades alemanas, Radio Nizkor
difundió un programa en mayo de 2009, en donde clarificábamos algunos
extremos con relación a las pruebas existentes, muchas de ellas de
carácter indisputable, así como un resumen de su historia penal con
relación a varios campos de exterminio nacionalsocialistas.

El 19 de junio de 2008, varios sobrevivientes y familiares de víctimas
españolas del régimen nacionalsocialista representados por el Equipo
Nizkor, interpusieron una querella penal ante la Audiencia Nacional en
Madrid. Esta querella fue admitida por el Juzgado de Instrucción Núm. 2de
la Audiencia Nacional el 17 de julio de 2008. En la misma se denuncian
hechos que constituyen crímenes contra la humanidad y que fueron cometidos
contra nacionales españoles y de otros países en los campos
nacionalsocialistas de Mauthausen, Sachsenhausen y Flossenbürg, y se pidió
se procediera a la imputación con vistas a la entrega de Johann Leprich,
Anton Tittjung, Josias Kumpf y John Demjanjuk, todos ellos integrantes de
la organización criminal SS Totenkopf, para que sean juzgados ante
tribunales españoles.

También ese mismo 19 de junio de 2008 las autoridades alemanas anunciaron
su interés en solicitar la entrega de Demjanjuk a los Estados Unidos. Este
interés se concretó en la emisión de la orden de detención contra
Demjanjuk que estas autoridades libraron meses después, en marzo de 2009,
lo que abrió el camino a la deportación de Demjanjuk a Alemania y su
ulterior juicio en ese país, juicio que terminó con la sentencia que hizo
pública el Tribunal de Munich el pasado 12 de mayo de 2011.


Foto tomada en 1993, cuando tras su
liberación en Israel Demjanjuk volvió a
Ohio en un vuelo chárter. A su lado
James Traficant, ex congresista que ha
cumplido condena en Estados Unidos por
soborno y actividades mafiosas.

Paralelamente, el procedimiento en Madrid contra John Demjanjuk seguía y
sigue su curso. El Juzgado Central de Instrucción Número 2 de la Audiencia
Nacional emitió una Comisión Rogatoria Internacional a las autoridades
competentes de la República Federal de Alemania (Tribunal de Munich) el 18
de septiembre de 2009, de conformidad con lo establecido en el Convenio
Europeo de Asistencia Judicial en materia penal.

El juzgado español solicitaba a las autoridades alemanas que le informaran
sobre los hechos que se imputaban a John Demjanjuk (Iván Nikolaiewich
Demjanjuk) ante las instancias judiciales de ese país, por si pudieran
tener relación con los investigados en la causa que se sigue en España.

La Comisión Rogatoria fue cumplimentada por la Fiscalía de Munich el 7 de
junio de 2010 mediante comunicación en la que se hace constar que los
hechos investigados en Alemania son distintos, centrándose en la actuación
del imputado Demjanjuk en el campo de concentración de Sobibor (Polonia)
en 1943 y que por estos hechos se encuentra acusado en el procedimiento
115Js 12496/08.

Mediante providencia de 1 de julio de 2010, se acordó conferir traslado de
la documentación enviada en la Comisión Rogatoria citada, al Ministerio
Fiscal y a las acusaciones personadas, evacuándose el traslado por las
acusaciones representadas por el Equipo Nizkor mediante escrito presentado
el 13 de julio de 2010, en el que se solicitó el procesamiento, la
adopción de medidas cautelares y la emisión de la correspondiente Orden
Europea de Detención y Entrega respecto al imputado John Demjanjuk.

El 7 de enero de 2011, en base a las actuaciones anteriores, el titular
del JCI Núm. 2 de la Audiencia Nacional dictó Auto de procesamiento y
entrega de John Demjanjuk, ya que, textualmente: "[D]e lo actuado se
desprende que durante la Segunda Guerra Mundial... John Demjanjuk (Iván
Nikolaiewich Demjanjuk) fue miembro de las Totenkopf SS, que prestó
servicio como guardia armado en lugares destinados a la persecución de
personas por motivos políticos, étnicos y raciales, entre otros,
concretamente en el campo de concentración de Flossenbürg (Alemania)",
campo en el que existe prueba documental aportada a la causa que permite
afirmar que en el mismo perecieron y fueron mantenidos prisioneros varias
decenas de nacionales españoles.

En el mismo Auto, el JCI No. 2 procedió a acordar "la prisión provisional,
comunicada e incondicional del referido procesado y al encontrarse
actualmente en Alemania sometido a enjuiciamiento en el procedimiento
115JS12496/08 seguido ante las instancias judiciales competentes de
Munich, líbrese Orden Europea de Detención y Entrega".

La citada orden fue cursada por el procedimiento formal previsto para ello
a las autoridades alemanas correspondientes. La Fiscalía de Munich
respondió el 1 de febrero de 2011, acusando recibo de la orden de
detención europea el mismo 07 de enero y solicitando al juzgado español
información complementaria sobre la participación del procesado en
homicidios y sobre las víctimas.

El 3 de febrero de 2011, el titular del JCI No. 2 dio traslado al
Ministerio Fiscal para que alegara lo que estime oportuno en relación a
las peticiones de la Fiscalía de Munich. A este traslado respondió la
Fiscalía española el pasado 13 de abril, mediante un informe que fue
precisado por otro posterior del Equipo Nizkor (27abr11).

Mientras tanto, el juicio en Alemania progresaba a pesar de las estrategia
dilatoria adoptada por la defensa, y llegó a su término la semana del
nueve de mayo, en que la defensa del acusado presentó sus últimos
alegatos.

John Demjanjuk ha sido condenado a cinco años de prisión en la República
Federal Alemana por su colaboración en el asesinato de 28.000 prisioneros
cuando se desempeñó como guardia armado de las SS Totenkopf en el campo de
exterminio de Sobibor. La defensa ha apelado la decisión, y en tanto en
cuanto se resuelva esta apelación, John Demjanjuk ha quedado en libertad,
pues la justicia considera que es improbable que huya.

El viernes 13 de mayo de 2011 abandonó la prisión de Stadelheim y ha sido
conducido a una casa de reposo a la espera de la resolución del recurso de
apelación. Margarete Nötzel, jueza portavoz de los juzgados de Munich,
estima, según declaraciones que hizo a la prensa, que el proceso de
apelación puede llevar un año y medio al menos, y probablemente dos. Sólo
la compilación de los documentos y las transcripciones del juicio pueden
llevar seis meses.

Lo importante a retener de esta saga procesal es que precisamente cuando
se interpone la querella por crímenes contra la humanidad en Madrid, la
Fiscalía alemana anuncia que está dispuesta a solicitar la entrega de
Demjanjuk a las autoridades estadounidenses por participación en el delito
común de asesinato, que en Alemania no prescribe.

Lo que está en juego realmente es la aplicación del derecho penal
internacional y del tipo penal de crímenes contra la humanidad por los
tribunales ordinarios de los países europeos, y el procedimiento de España
se ha mantenido y se mantiene silenciado debido precisamente a que es
sobre la base de crímenes contra la humanidad, y no de meros delitos
comunes, como está planteado. Precisamente este tipo penal se pergeñó para
poder determinar la responsabilidad penal individual de quienes
participaron en la confección y ejecución de un plan preconcebido para
cometer diversos crímenes de manera sistemática y/o a gran escala.

Por eso no deja de ser en cierto modo engañoso cuando en los medios de
comunicación se hacen afirmaciones del tipo "La condena de Demjanjuk
indica que quienes cometen crímenes de lesa humanidad no estarán a salvo
de la administración de justicia por el paso del tiempo", pues no es ése
el tipo penal usado en Alemania.

Otro aspecto importante es que el procesamiento contra Demjanjuk en España
se refiere a crímenes cometidos en el campo de concentración de
Flossenburg, esto es, por hechos distintos.

Lo cierto es que a fecha de hoy, y estando aún pendiente la respuesta de
las autoridades españolas a la fiscalía de Munich, la información obtenida
por Radio Nizkor de fuente fidedigna es que la orden de detención europea
cursada por España no le ha sido aún notificada al acusado, con lo que
estamos a expensas de que el Tribunal de Munich garantice que el condenado
no se fuga.

El pasado 16 de mayo la fiscalía de Munich anunció la presentación de un
recurso contra la decisión del tribunal de dejar en libertad al condenado.
Este recurso habría sido presentado ya sobre la base de que existe un
peligro cierto de fuga del condenado, al carecer éste de una dirección
fija y contar con un numeroso grupo de simpatizantes, sobre todo en su
país de origen, Ucrania, en donde podría refugiarse.

También simultáneamente, la defensa de John Demjanjuk solicitó ante la
Corte de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Norte de Ohio, el
pasado 29 de abril de 2011 (apenas dos semanas antes de que recayera la
sentencia condenatoria en Alemania), que le fuera nombrado nuevamente
abogado de oficio para reabrir el caso de desnaturalización en ese país,
pues habría aparecido una prueba de descargo en su favor en un informe del
FBI, prueba "descubierta" por la agencia de noticias Associated Press
(AP). Según informa esta agencia en un artículo publicado el pasado 12 de
abril, AP "descubrió el informe del FBI en el Archivo Nacional en College
Park, Maryland, Md., entre los archivos que fueron desclasificados después
de que el ucraniano de origen Demjanjuk fuera deportado por los Estados
Unidos en mayo de 2009 para ser sometido a juicio en Alemania".

La Corte de Distrito mencionada, dispuso este mes de mayo que la Oficina
del Defensor Público sea nombrada de nuevo para sumarse al equipo de la
defensa de John Demjanjuk en los procedimientos que tengan lugar a la luz
de los documentos recientemente desclasificados.

Otro país en donde también se han producido reacciones importantes a la
condena de Demjanjuk es su país de nacimiento, Ucrania, país en donde este
año un tribunal de la ciudad de Lvov (Lviv, Lwow, Ucrania Occidental) ha
prohibido por primera vez la celebración del Día de la Victoria sobre el
nazismo, día que se celebra el 9 de mayo de cada año.

Sin embargo, la municipalidad de Lvov no se ha opuesto a la marcha en
conmemoración del 68 aniversario de la creación de la 14 División de las
Waffen SS, que se celebró el 29 de abril. El Consejo Regional de Lviv ha
pedido al presidente Yanukóvich que solicite la liberación de Demjanjuk, y
desde Ucrania se plantean acoger a Demjanjuk en su región natal.

Sigue estando de actualidad la afirmación contenida en el título del
informe del Equipo Nizkor de mayo de 2009 y es que "La detención de John
Demjanjuk abre la reflexión sobre la impunidad en Europa".

Equipo Redacción
Radio Nizkor

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